Qué dice
- Las prácticas no laborales tendrán que estar vinculadas a estudios universitarios oficiales, a la FP o a enseñanzas de los servicios públicos de empleo. Si no lo están, o si la persona sustituye a un trabajador, habrá relación laboral.
- Deberán constar por escrito, en un convenio con el centro formativo que fije la formación y la duración máxima, con un tutor en la empresa y otro en el centro.
- Cada tutor podrá tener a la vez un máximo de cinco personas en prácticas, tres en centros de menos de 30 trabajadores. Las personas en prácticas no podrán superar el 20 % de la plantilla del centro, aunque cualquier empresa podrá tener dos.
- Se prohíbe cobrar por hacer prácticas y la empresa deberá compensar gastos como desplazamiento, alojamiento o manutención. No habrá horario nocturno ni turnos, salvo excepciones.
- La empresa deberá informar por escrito a la representación legal de la plantilla de las prácticas: duración, horario, compensación y tutores.
- Según el texto remitido al Congreso, incumplir las garantías básicas será infracción grave (de 751 a 7.500 euros) y la discriminación, muy grave (hasta 225.018 euros).
Cómo ha evolucionado
Hilo: Estatuto del becario. La tramitación de la norma de prácticas formativas en empresas.
- 4 de noviembre de 2025 · Primer paso del Estatuto del Becario: un tutor por cada cinco personas en prácticas
- 3 de marzo de 2026 · El Estatuto del Becario llega al Congreso: prácticas por escrito, doble tutor y tope del 20 % (esta noticia)
- 13 de marzo de 2026 · El Congreso publica el proyecto de ley del Estatuto del Becario y abre el plazo de enmiendas.
Texto del proyecto de ley en el Boletín Oficial de las Cortes Generales (13-3-2026): www.congreso.es
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