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Regularización extraordinaria: el RD 316/2026 crea un arraigo para quien llegó antes de 2026

El BOE publica el 15 de abril de 2026 el Real Decreto 316/2026, que modifica el Reglamento de Extranjería y entra en vigor al día siguiente.
15 de abril de 2026
Referida Importancia: Máxima

Qué dice

  • Crea un arraigo extraordinario para quien estuviera en España antes del 1 de enero de 2026, lleve al menos cinco meses seguidos en el país al pedirlo y no tenga antecedentes penales.
  • Además hay que acreditar una de tres cosas: haber trabajado o tener una oferta de trabajo (contratos que sumen más de 90 días en un año), vivir en España con la familia a cargo o estar en situación de vulnerabilidad.
  • Abre una vía parecida para quienes pidieron protección internacional antes de 2026 y siguen sin resolución.
  • Desde que se comunica el inicio del trámite, la persona queda habilitada de forma provisional para trabajar, por cuenta ajena o propia, en cualquier sector. Si se deniega, la habilitación se pierde sin más trámite.
  • La autorización dura un año y permite trabajar en cualquier ocupación y lugar de España. Las solicitudes se podían presentar hasta el 30 de junio de 2026.
  • También permite empezar a trabajar de forma provisional mientras se tramita un arraigo sociolaboral, para que la oferta de empleo no se pierda por la espera.

Cómo ha evolucionado

Hilo: Extranjería y regularización. El nuevo reglamento de extranjería, la regularización y su efecto en el empleo.

El Observatorio 360º resume y comenta con sus propias palabras publicaciones de terceros. La información completa es de la fuente original, que te recomendamos leer.

Nuestra lectura

Si contratas a alguien de este proceso, guarda el justificante de que su solicitud está en trámite: con él ya puede trabajar, y si se la deniegan debe comunicártelo de inmediato. Como la autorización dura un año, anota cuándo vence: la persona tiene que pedir la modificación en los dos meses previos para no quedarse sin permiso.

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