Qué dice
- Crea un arraigo extraordinario para quien estuviera en España antes del 1 de enero de 2026, lleve al menos cinco meses seguidos en el país al pedirlo y no tenga antecedentes penales.
- Además hay que acreditar una de tres cosas: haber trabajado o tener una oferta de trabajo (contratos que sumen más de 90 días en un año), vivir en España con la familia a cargo o estar en situación de vulnerabilidad.
- Abre una vía parecida para quienes pidieron protección internacional antes de 2026 y siguen sin resolución.
- Desde que se comunica el inicio del trámite, la persona queda habilitada de forma provisional para trabajar, por cuenta ajena o propia, en cualquier sector. Si se deniega, la habilitación se pierde sin más trámite.
- La autorización dura un año y permite trabajar en cualquier ocupación y lugar de España. Las solicitudes se podían presentar hasta el 30 de junio de 2026.
- También permite empezar a trabajar de forma provisional mientras se tramita un arraigo sociolaboral, para que la oferta de empleo no se pierda por la espera.
Cómo ha evolucionado
Hilo: Extranjería y regularización. El nuevo reglamento de extranjería, la regularización y su efecto en el empleo.
- 20 de mayo de 2025 · Entra en vigor el Reglamento de Extranjería: el arraigo pide dos años y habilita para trabajar
- 15 de abril de 2026 · Regularización extraordinaria: el RD 316/2026 crea un arraigo para quien llegó antes de 2026 (esta noticia)
- 2 de julio de 2026 · La regularización extraordinaria cierra con 1.174.978 solicitudes y 159.097 nuevas altas
- 2 de octubre de 2026 · Los afiliados extranjeros superan los 3,6 millones; 421.306 llegan por la regularización
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